Aquí tienes mi primer artículo. La primera vez que me senté delante del ordenador y redacté contenido jurídico. El primero de muchos. En este caso era para Iuris Fácil, una comunidad jurídica de la que todavía formo parte, y que ha sido para mí pura inspiración.
Con este artículo quería sentar una base para muchos estudiantes que buscan ayuda en Internet. Como yo hice en su día. Cuando yo estudiaba no habían tantos blogs jurídicos y al googlear una consulta podían haber o no resultados.
Por qué escribí sobre las diferencias entre una sanción penal y una administrativa
Porque suele ser algo que confunde mucho. El derecho en ocasiones es algo enrevesado, y esta cuestión no lo hace precisamente más fácil. El derecho administrativo y el derecho penal se utilizan para «castigar» al ciudadano que lleva a cabo conductas contrarias a alguna norma.
Sin embargo, también tienen diferencias. El derecho penal se ocupa de aquellas conductas más graves, y sus penas son también más graves. Hay conductas que incluso pueden sancionarse en vía administrativa y en vía penal. ¿Cuándo va una y cuándo va la otra? Muy sencillo: normalmente se establece un umbral a partir del cual una conducta pasará de ser administrativa a ser penal. El clásico caso que es susceptible de ser objeto de un procedimiento tanto administrativo como penal es una alcoholemia. Un resultado positivo en una prueba de alcoholemia superior a 0,25 mg/l en aire espirado es objeto de un procedimiento administrativo, mientras que un positivo superior a 0,60 mg/l en aire espirado es objeto de un procedimiento penal.
Por ejemplo: el derecho penal es el único que puede sancionar una conducta con una pena de prisión. En cambio la sanción administrativa por antonomasia es la multa.
Espero que este artículo te ayude a disipar dudas y a saber ver las diferencias entre una sanción penal y una administrativa.