Seguimiento de Facebook Pixel

Diferencia entre la ocupación y el allanamiento de morada

Ocupación y allanamiento

El debate sobre la ocupación de viviendas y el allanamiento de morada ha generado mucha confusión en España, especialmente en relación con sus consecuencias legales. Aunque muchas personas creen que son términos sinónimos, en realidad son delitos distintos con diferencias clave en cuanto a penas y formas de actuar.

En este artículo, te explico las principales diferencias entre ocupación y allanamiento de morada, qué dice el Código Penal sobre cada uno y qué hacer si te enfrentas a una situación de este tipo.

📌 ¿Qué es la ocupación de una vivienda?

La ocupación de una vivienda se produce cuando una persona entra y se instala en una casa vacía o deshabitada sin el consentimiento del propietario.

📌 Características clave de la ocupación:

✅ Se da en viviendas vacías o en desuso.
✅ No hay violencia ni intimidación contra los propietarios.
✅ Suele estar vinculada a casas abandonadas, segundas residencias o inmuebles propiedad de bancos o fondos de inversión.
✅ Se persigue como un delito leve de usurpación si no hay violencia.

📌 Ejemplo de ocupación:

🔹 Un grupo de personas entra en un edificio abandonado y lo convierte en su vivienda sin permiso del propietario.
🔹 Alguien entra en un piso vacío que lleva años cerrado y cambia la cerradura para instalarse.

📍 ¿Qué pena tiene la ocupación ilegal?

El artículo 245.2 del Código Penal establece que la ocupación sin violencia se castiga con:

🔹 Multa de 3 a 6 meses si no hay violencia ni intimidación.
🔹 Prisión de 1 a 2 años si se emplea violencia para entrar o permanecer en la vivienda.

El desalojo de los okupas puede requerir un proceso judicial, salvo en los primeros 48 horas, cuando la Policía puede actuar sin necesidad de orden judicial.

📌 ¿Qué es el allanamiento de morada?

El allanamiento de morada ocurre cuando alguien entra en una vivienda habitada sin permiso del dueño, ya sea por la fuerza o sin ella.

📌 Características clave del allanamiento de morada:

✅ Se da en viviendas habitadas, tanto principales como segundas residencias.
✅ La presencia del dueño no es necesaria en el momento del allanamiento.
✅ Se considera un delito más grave que la ocupación, ya que afecta la intimidad y seguridad del hogar.

📌 Ejemplo de allanamiento de morada:

🔹 Una persona entra en casa de otra sin su permiso y se instala en el salón.
🔹 Un ladrón accede a una vivienda mientras los propietarios están de vacaciones, aunque no robe nada.

📍 ¿Qué pena tiene el allanamiento de morada?

El artículo 202 del Código Penal establece que el allanamiento de morada se castiga con:

🔹 Prisión de 6 meses a 2 años si no hay violencia.
🔹 Prisión de 1 a 4 años si hay violencia o intimidación.

Si el allanamiento se comete en una empresa o local comercial, el delito es menor y se castiga con una multa o penas reducidas.

📌 Diferencias clave entre ocupación y allanamiento de morada

📍 1️⃣ La vivienda afectada

Ocupación: Vivienda vacía o en desuso (segunda residencia, propiedad bancaria).
Allanamiento de morada: Vivienda habitada, aunque los dueños no estén presentes.

📍 2️⃣ Consecuencias legales

Ocupación: Multa o prisión si hay violencia.
Allanamiento de morada: Siempre se castiga con prisión, ya que afecta la intimidad del hogar.

📍 3️⃣ Actuación policial

Ocupación: La Policía no puede desalojar sin orden judicial si han pasado más de 48 horas.
Allanamiento de morada: La Policía puede desalojar de inmediato, sin necesidad de orden judicial.

📍 4️⃣ Protección del propietario

Ocupación: El dueño debe acudir a la vía judicial para recuperar la vivienda.
Allanamiento de morada: El desalojo es inmediato al ser una invasión del domicilio.

📍 5️⃣ Gravedad del delito

Ocupación: Se considera un delito leve o menos grave.
Allanamiento de morada: Se considera un delito grave que afecta la inviolabilidad del domicilio.

📌 ¿Qué hacer si ocupan tu vivienda o allanan tu morada?

Si sufres una ocupación o allanamiento, es importante actuar rápido.

📌 En caso de ocupación:

✅ Si han pasado menos de 48 horas, llama a la Policía para que intervenga sin necesidad de orden judicial.
✅ Si han pasado más de 48 horas, inicia un procedimiento judicial para el desalojo.
✅ Presenta una denuncia ante la Policía o el juzgado.

📌 En caso de allanamiento de morada:

✅ Llama inmediatamente a la Policía o Guardia Civil.
✅ Explica que se trata de una vivienda habitada (aunque no estés en el momento de los hechos).
✅ La Policía puede desalojar sin necesidad de orden judicial.

📌 Conclusión: ¿Son lo mismo ocupación y allanamiento de morada?

📌 Resumen rápido:

No, la ocupación y el allanamiento de morada son delitos distintos.
La ocupación afecta a viviendas vacías y suele castigarse con multa.
El allanamiento afecta a viviendas habitadas y se castiga con prisión.
El allanamiento permite el desalojo inmediato, mientras que en la ocupación puede ser necesario un proceso judicial.

Si te enfrentas a un problema de ocupación o allanamiento, es clave actuar rápido y contar con asesoramiento legal para recuperar la vivienda lo antes posible.

¿Necesitas asesoramiento legal en un caso de ocupación o allanamiento de morada?

Si estás involucrado en un procedimiento penal y no sabes qué hacer ahora, analizo tu caso y te ayudo a definir la mejor estrategia de defensa.

📞 Consulta tu caso aquí

Picture of Bárbara Gómez Antich
Bárbara Gómez Antich

Bárbara es abogada penalista con una sólida trayectoria en la defensa de casos penales y en la formación de abogados. Con años de experiencia en el ejercicio de la abogacía, ha desarrollado un enfoque estratégico y práctico tanto en la representación legal como en la enseñanza de gestión y desarrollo profesional para abogados. Su conocimiento abarca desde la defensa penal hasta la optimización de la carrera jurídica, combinando la práctica tradicional con una visión innovadora del sector.

Entradas relacionadas