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Abogada especialista en Daños en Barcelona

Lucharé por minimizar las consecuencias, sea cual sea tu situación.

Abogada penalista experta en delitos de daños en Barcelona

¿Te enfrentas a una acusación por daños y buscas una defensa sólida en Barcelona? Como abogada penalista especializada, estoy aquí para explicarte en qué consiste este delito, qué consecuencias puede tener y cómo puedo ayudarte a proteger tus derechos.

¿Qué se considera un delito de daños?

El delito de daños está regulado en los artículos 263 a 267 del Código Penal español. Consiste en causar un deterioro, destrucción o inutilización de una cosa ajena, de forma intencionada. En otras palabras, cuando alguien perjudica un bien que no le pertenece, con voluntad de hacer daño, puede enfrentarse a sanciones penales que van desde multas hasta penas de prisión.

Además, existen modalidades agravadas cuando el daño se produce en bienes de interés general (como patrimonio público o servicios esenciales) o cuando se utilizan determinados medios como incendios, inundaciones o daños informáticos.

¿Qué tipos de conductas pueden considerarse delito de daños?

Los ejemplos reales ayudan mucho a entender cuándo una conducta puede considerarse delito:

  • Rayar un coche ajeno con una llave por despecho, venganza o simple gamberrismo.

  • Romper los cristales de una tienda durante una manifestación, generando perjuicios a los comerciantes.

  • Inutilizar maquinaria o equipos en una empresa, por conflicto laboral o sabotaje.

  • Forzar una cerradura y dañar la puerta de un domicilio, aunque no se llegue a entrar.

  • Borrar documentos o bases de datos del ordenador de otra persona, causando un perjuicio digital.

  • Lanzar pintura sobre la fachada de un edificio o sobre un vehículo aparcado, con intención de dañar.

  • Arrancar plantas, destrozar mobiliario exterior o jardineras privadas, como forma de represalia o vandalismo.

En todos estos casos, si el daño supera los 400 euros, hablamos de un delito. Por debajo de esa cifra, se considera un delito leve de daños, que también puede tener consecuencias jurídicas.

¿Cómo puedo ayudarte como tu abogada?

En casos de delitos de daños, cada detalle cuenta: la intencionalidad, el valor del daño, la existencia de testigos o grabaciones, y las posibles causas que motivaron el acto. Como abogada penalista en Barcelona, puedo ayudarte con:

Evaluación inicial del caso

Analizo los hechos, las pruebas disponibles y el contexto del incidente. ¿Hubo intencionalidad? ¿El daño es cuantificable? ¿Hay alternativa a la vía penal?

Recopilación y análisis de pruebas

Trabajo contigo para reunir pruebas que refuercen tu defensa o que desmonten la acusación: presupuestos, informes periciales, vídeos o testigos.

Negociación y reducción de daños

En muchos casos, es posible alcanzar acuerdos con la parte perjudicada para evitar una condena penal o lograr una rebaja sustancial de la pena.

Defensa en juicio

Si el caso llega a juicio, construyo una defensa sólida, argumentando falta de dolo, daño accidental o insuficiencia probatoria.

Búsqueda de alternativas a la condena

Exploro opciones como la reparación del daño, el archivo o la suspensión de la pena, en función del caso y tus antecedentes.

¿Por qué elegirme como abogada penalista en Barcelona?

Tengo experiencia real en la defensa de personas acusadas de delitos de daños, tanto en conflictos vecinales como en situaciones más complejas. Trabajo de forma cercana, sin juicios, con un enfoque práctico y humano. Sé que una acusación penal puede removerlo todo, y por eso te acompaño en cada paso para que recuperes el control de la situación.

¿Te enfrentas a un proceso por delito de daños? Escríbeme y analizamos juntos tu caso sin compromiso. Una buena defensa puede marcar la diferencia entre una condena y una solución justa.

Lo que opinan mis clientes...

Preguntas frecuentes sobre el delito de daños:

El delito de daños está tipificado en el Código Penal español en los artículos 263 a 267, y se refiere a la conducta de causar un perjuicio, de manera intencionada o por imprudencia grave, a bienes muebles o inmuebles ajenos. Este delito protege el derecho a la propiedad y sanciona tanto la destrucción como el deterioro que altere o impida el uso normal de dichos bienes.

Artículo 263: Delito de Daños Dolosos

El Código Penal establece que comete un delito de daños quien causa intencionadamente daños en propiedad ajena y dichos daños superen el valor de 400 euros. Si el perjuicio no alcanza esa cantidad, el acto será considerado una falta administrativa o delito leve.

  • Ejemplo: Romper a propósito la luna de un coche estacionado o pintar grafitis en una fachada.

Artículo 264: Delitos Agravados de Daños

Se establecen penas más graves si los daños cumplen alguna de las siguientes condiciones:

  • Afectan bienes de interés cultural, histórico o artístico.
  • Ponen en peligro la seguridad colectiva.
  • Se causan en instalaciones de suministro de agua, electricidad u otros servicios esenciales.
  • Se ejecutan con violencia o intimidación.

Las penas incluyen prisión de 1 a 3 años, dependiendo de la gravedad.

  • Ejemplo: Incendiar una central eléctrica, lo que interrumpe el suministro de energía o pintar grafitis en un tren.

Artículo 264 bis: Ciberataques

Se contempla como delito de daños el acceso no autorizado a sistemas informáticos con el objetivo de borrar, dañar o modificar datos esenciales, como sabotear bases de datos empresariales o gubernamentales.

  • Ejemplo: Eliminar información de servidores de hospitales.

Artículo 267: Daños por Imprudencia Grave

Este artículo regula los daños cometidos sin intención, pero causados por una imprudencia grave. Aquí se excluyen los daños menores que no cumplen los criterios de gravedad establecidos.

  • Ejemplo: Un accidente de tráfico donde se destroza una propiedad privada por conducir de forma negligente.

Penas por delito de daños

  • Delito básico (art. 263): Multa de 6 a 24 meses si no concurren circunstancias agravantes.
  • Delito agravado (art. 264): Prisión de 1 a 3 años.
  • Delito por imprudencia grave (art. 267): Pena de multa o prisión menor, dependiendo de la gravedad del daño.

Los daños materiales se refieren a cualquier perjuicio que afecte a tus bienes, ya sean propiedades, vehículos u otros objetos personales. Este tipo de reclamación es común en casos de accidentes de tráfico, incendios, inundaciones o negligencias que dañen tus pertenencias.

Ejemplos comunes

  • Vehículos: Reparaciones o pérdida total de un coche tras un accidente.
  • Propiedades: Daños estructurales en una vivienda por obras defectuosas o accidentes.
  • Objetos personales: Teléfonos, ordenadores, ropa u otros bienes dañados.

Indemnización

  • Criterios de cálculo: Se basa en el coste de reparación, el valor de mercado de los bienes dañados o su reposición en caso de pérdida total.
  • Documentación necesaria: Facturas de reparación, presupuestos, informes periciales y fotografías de los daños.

Me encargo de recopilar todas las pruebas y negociar con la parte responsable o las aseguradoras para que no tengas que asumir estos gastos injustamente.

Daños Patrimoniales

Se refieren a los perjuicios económicos sufridos directamente, como pérdida de ingresos, gastos innecesarios o disminución de tu capacidad económica debido a un evento dañino.

Ejemplos comunes

  • Pérdida de ingresos: Si un accidente te impide trabajar y generas menos ingresos.
  • Gastos adicionales: Pagos extraordinarios por servicios médicos, transporte o reparaciones.
  • Pérdida de oportunidades: Casos en los que pierdes un contrato o negocio debido al daño sufrido.

Indemnización

Se calcula a partir de las pérdidas reales y futuras que puedas acreditar con documentos como nóminas, facturas o contratos.

Daños Ambientales

Perjuicios ocasionados al medio ambiente, que pueden afectar indirectamente a personas, comunidades o propiedades. Este tipo de daños está regulado por normativas específicas en España y la Unión Europea.

Ejemplos comunes

  • Contaminación de aguas, suelos o aire.
  • Daños a flora y fauna en espacios naturales protegidos.

Indemnización

La ley exige a los responsables restaurar el daño causado al medio ambiente y, en su caso, compensar económicamente a las personas afectadas.

La gravedad del delito depende del valor económico del daño causado y de si hay circunstancias agravantes (como actuar con violencia, por venganza, o utilizando sustancias peligrosas). Por ejemplo, si el valor del daño es inferior a 400 euros, podría considerarse un delito leve, castigado con multa. Si es superior o hay agravantes, la pena puede ser de prisión.

Sí. Puedes presentar una denuncia aportando todas las pruebas disponibles: grabaciones, fotografías, testigos, informes periciales… La policía o el juzgado se encargará de investigar y, si es posible, identificar a la persona responsable.

Son útiles: fotografías o vídeos del daño, presupuestos o facturas de reparación, informes técnicos, testigos presenciales y cualquier otro documento que acredite el perjuicio económico o material sufrido. Como tu abogada, te ayudaré a recopilar y presentar adecuadamente todas estas pruebas.

Sí. Como parte del procedimiento penal, puedes ejercer la acción civil y reclamar el coste de reparación o reposición del bien dañado, así como otros perjuicios derivados del acto (por ejemplo, lucro cesante si se trata de un bien profesional).

Sí, pintar un grafiti sin permiso en una propiedad ajena puede considerarse un delito de daños, especialmente cuando implica deterioro de bienes, mobiliario urbano o espacios públicos, y se valoran económicamente los perjuicios causados. Si además el daño supera los 400 €, puede conllevar penas de prisión o multa.

Me llaman “la abogada de los grafiteros” porque tras la Operación Despertar en Barcelona, he defendido con éxito muchísimos casos relacionados con grafitis, logrando absoluciones, rebajas de pena o acuerdos beneficiosos para mis clientes.

Si este es tu caso, haz clic aquí. Ahí explico con detalle cómo actúo: sin juzgar, con estrategia y total compromiso.

Soy Bárbara Gómez Antich, abogada especialista en daños en Barcelona, y quiero ofrecerte un servicio cercano, claro y honesto, enfocado en resolver tu situación de la forma más eficiente posible. Entiendo que enfrentarte a un problema legal puede ser complicado y estresante, pero aquí encontrarás un apoyo directo y transparente desde el primer momento.

Cuando trabajes conmigo, tendrás acceso directo a mí en todo momento. No habrá intermediarios que compliquen la comunicación; quiero que todo sea ágil y sencillo para ti. Además, utilizo un lenguaje claro y accesible para explicarte cada paso, sin rodeos ni tecnicismos innecesarios, porque creo que la clave para una buena relación profesional es la comunicación fluida.

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Si estás buscando una abogada de daños en Barcelona que trabaje contigo sin formalidades innecesarias y con el foco puesto en resolver tus problemas de forma práctica, aquí estoy para ayudarte. Mi objetivo es que te sientas escuchado, acompañado y seguro de que tu caso está en las mejores manos.

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