Seguimiento de Facebook Pixel

Abogada especialista en Delitos de falsedad documental en Barcelona

Lucharé por minimizar las consecuencias, sea cual sea tu situación.

Abogada experta en falsedad de documentos en Barcelona

El delito de falsificación de documentos se produce cuando alguien altera, crea o utiliza un documento falso —ya sea público, oficial, mercantil o privado— con la intención de presentarlo como auténtico, obtener un beneficio o causar un perjuicio.

Este tipo de delito se regula en los artículos 390 y siguientes del Código Penal, y puede conllevar penas de prisión, especialmente cuando afecta a documentos públicos o se comete por funcionario en el ejercicio de su cargo.

¿Te acusan de un delito de falsedad documental?

Como abogada penalista especializada en delitos de falsedad documental en Barcelona, estoy aquí para ayudarte a entender de qué te acusan, qué pruebas se necesitan y cómo podemos construir una defensa sólida desde el primer momento.

¿Qué se necesita para que exista este delito?

El punto clave en estos casos es la existencia de dolo, es decir, intención de engañar. Además, normalmente se requiere un informe pericial que acredite que el documento ha sido manipulado o creado falsamente. No basta con que haya un error o una imprecisión: tiene que demostrarse que se actuó de forma consciente y voluntaria para falsificar.

¿Qué puedo hacer por ti?

Análisis detallado del caso

Lo primero que haré será estudiar todos los documentos, pruebas y circunstancias del caso. Revisaré si la acusación se basa en pruebas obtenidas legalmente y si el procedimiento ha sido correcto.

Diseño de la estrategia de defensa

Cada caso es distinto. Podemos basar la defensa en la falta de intención, en errores en el informe pericial, o en que no hay perjuicio real. También exploraremos si hubo coacción, desconocimiento o cualquier otro elemento que pueda reducir o eliminar la responsabilidad penal.

Acompañamiento en todo el proceso

Te asesoraré desde la primera declaración hasta la última fase del proceso. Ya sea en la comisaría, en sede judicial o ante el juez, estaré a tu lado para asegurar que tus derechos se respetan.

¿Qué consecuencias puede tener?

Las consecuencias legales pueden ir desde multas hasta penas de prisión, dependiendo del tipo de documento y del contexto. Pero no todo está perdido: muchas veces, una buena defensa puede lograr el archivo del caso, la absolución o una reducción considerable de las penas.

¿Te han acusado o investigan un posible delito de falsedad?

Ponte en contacto conmigo cuanto antes. Cuanto antes empiece a trabajar en tu defensa, más opciones tendremos para frenar el procedimiento o reducir sus consecuencias. Estoy aquí para ayudarte, explicarte cada paso con claridad y construir contigo la mejor estrategia posible.

Lo que opinan mis clientes...

Preguntas frecuentes sobre los delitos de falsificación de documentos:

La falsedad documental es un delito que se produce cuando se altera, fabrica o manipula un documento con el objetivo de engañar y causar perjuicio. Este tipo de conductas está regulado en el Código Penal español, concretamente en los artículos 390 y siguientes, y puede implicar consecuencias graves, como penas de prisión, multas y daños irreparables a tu reputación.

Existen diferentes modalidades de este delito:

  • Falsedad cometida por particulares.
  • Falsedad cometida por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones.
  • Falsificación de documentos oficiales, públicos o privados.

Cada caso tiene matices particulares, y es fundamental contar con una defensa adaptada a las circunstancias específicas de tu situación.

¿Cuáles son las penas por falsedad documental?

Si eres declarado culpable de un delito de falsedad documental, podrías enfrentarte a:

  • Pena de prisión de 6 meses a 6 años, dependiendo de la gravedad del delito y el tipo de documento falsificado.
  • Multas significativas que podrían comprometer tu estabilidad económica.
  • Inhabilitación profesional o pérdida de licencias, especialmente en casos donde se trate de funcionarios o profesionales que requieren una titulación específica.

Estas consecuencias hacen imprescindible contar con una defensa experta que luche por tus intereses.

El delito de falsedad documental en España abarca diversas conductas ilícitas relacionadas con la manipulación o creación de documentos falsos, con el propósito de engañar y causar perjuicio.

El Código Penal regula estos delitos en los artículos 390 a 399, distinguiendo principalmente cuatro tipos, cada uno con sus particularidades y sanciones específicas:

Falsificación de Documentos Públicos, Oficiales y Mercantiles

Este delito implica la alteración, simulación o creación de documentos públicos, oficiales o mercantiles, realizados tanto por autoridades o funcionarios públicos como por particulares.

Conductas sancionadas:

  • Alterar un documento en alguno de sus elementos esenciales.
  • Simular un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.
  • Suponer en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuir a las que han intervenido declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.
  • Faltar a la verdad en la narración de los hechos.

Regulación: Artículo 390 del Código Penal.

Penas:

  • Para autoridades o funcionarios públicos: prisión de 3 a 6 años, multa de 6 a 24 meses e inhabilitación especial por tiempo de 2 a 6 años.
  • Para particulares: prisión de 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses.

Falsificación de Documentos Privados

Se refiere a la alteración o creación de documentos privados con la intención de perjudicar a terceros.

Conductas sancionadas:

  • Alterar un documento privado en alguno de sus elementos esenciales.
  • Simular un documento privado en todo o en parte.
  • Suponer en un acto la intervención de personas que no la han tenido.

Regulación: Artículo 395 del Código Penal.

Penas:

  • Prisión de 6 meses a 2 años.

Falsificación de Certificados

Consiste en la creación o alteración de certificados que acreditan hechos o cualidades, como certificados médicos, académicos, entre otros.

Conductas sancionadas:

  • Fabricar un certificado falso.
  • Alterar un certificado verdadero.
  • Hacer uso de un certificado falso a sabiendas de su falsedad.

Regulación: Artículos 397 y 398 del Código Penal.

Penas:

  • Para particulares: multa de 3 a 6 meses.
  • Para autoridades o funcionarios públicos: multa de 3 a 6 meses y suspensión de empleo o cargo público de 6 meses a 2 años.

Falsificación de Tarjetas de Crédito y Débito, Cheques de Viaje y Otros Instrumentos de Pago

Se refiere a la fabricación, alteración, posesión o uso de tarjetas de crédito, débito, cheques de viaje u otros instrumentos de pago falsos.

Conductas sancionadas:

  • Fabricar o alterar tarjetas de crédito o débito, cheques de viaje u otros instrumentos de pago.
  • Poseer dichos instrumentos con la intención de utilizarlos o facilitarlos a terceros.
  • Utilizar estos instrumentos falsos en perjuicio de otro.

Regulación: Artículo 399 bis del Código Penal.

Penas:

  • Prisión de 4 a 8 años y multa de 3 el tanto al séxtuplo del valor aparente de los instrumentos de pago.

Es importante destacar que la gravedad de las penas varía según el tipo de documento falsificado y la calidad del autor (funcionario público o particular). Además, el uso consciente de documentos falsos también está penado, incluso si la persona no participó directamente en la falsificación.

La falsedad documental es un delito que atenta contra la fe pública y la seguridad en el tráfico jurídico, por lo que el Código Penal establece sanciones severas para quienes cometen estas conductas ilícitas.

Sí. Aunque los documentos públicos o oficiales suelen estar más protegidos, la falsificación de documentos privados también es delito. La diferencia está en las penas, que suelen ser menores, pero igualmente pueden implicar prisión.

Sí. Uno de los pilares de este delito es el dolo, la intención clara de engañar. Si se demuestra que fue un error, una confusión o una actuación sin conocimiento de la falsedad, la acusación puede perder fuerza.

 

La falsedad documental puede castigarse incluso si el documento no llegó a utilizarse. Pero si no se produjo ningún perjuicio, esto puede ser clave para reducir la pena o incluso lograr el archivo del caso.

 

Puedo revisar si el procedimiento se ha seguido correctamente, impugnar pruebas mal obtenidas o poco fiables, cuestionar el informe pericial y plantear una defensa ajustada a tu caso real. El objetivo es evitar una condena o reducirla al mínimo.

Mi experiencia en delitos de falsedad documental en Barcelona me ha permitido defender con éxito a personas acusadas en situaciones muy diversas. Estas son algunas de las razones por las que considero que puedo ser tu mejor aliada:

  • Conocimiento profundo del derecho penal. Estoy actualizada sobre la normativa y jurisprudencia aplicables a este delito.
  • Defensa estratégica y personalizada. Cada cliente es único, y adapto mi enfoque a tus necesidades y objetivos.
  • Acompañamiento integral. Desde la primera consulta hasta la resolución del caso, te mantendré informado/a y estaré a tu lado en cada paso del proceso.

Disponible en todos los partidos judiciales de Barcelona

  • Martorell
  • Manresa
  • Granollers
  • Mataró
  • Vic
  • Arenys de Mar
  • Igualada
  • Berga
  • Vilafranca del Penedès
  • Badalona
  • Barcelona
  • Sant Boi de Llobregat
  • Sabadell
disponible en todos los partidos judiciales de barcelona
  • Vilanova i la Geltrú
  • Terrassa
  • Sant Feliu de Llobregat
  • L’Hospitalet de Llobregat
  • Santa Coloma de Gramenet
  • Cerdanyola del Vallès
  • Cornellà de Llobregat
  • Gavà
  • Mollet del Vallès
  • Esplugues de Llobregat
  • Rubí
  • El Prat de Llobregat

También te puedo ayudar con: